Auto Supremo AS/0799/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0799/2018-RRC

Fecha: 10-Sep-2018

De la revisión del memorial de recurso de casación, los recurrentes señalan que si bien


De la revisión del memorial de recurso de casación, los recurrentes señalan que si bien los Vocales se esmeran en doctrina para justificar el ilegal Auto de Vista, se olvidan que no asignaron el valor correspondiente a cada uno de los elementos de prueba de cargo de acuerdo a lo estipulado por el art. 173 del CPP, bajo los siguientes argumentos:

Al dictar el Auto de Vista, no se habría tomado en cuenta que la Sentencia es la resolución más trascendental del proceso penal y se constituye en la manifestación más eminente de la función jurisdiccional; en cuanto, al acto procesal de aplicación del derecho sustantivo. En el caso de autos, si se revisa la Sentencia, solo existe una relación de hechos, sin tomar en cuenta ninguna atenuante, habiéndose dictado una Sentencia sin una correcta valoración de la prueba (se transcribe partes de la querella para desacreditar la concurrencia del delito). Alegan, que en base a la querella se presentaron las pruebas de descargo para desvirtuar los hechos que se sindicaron. En ningún momento, el Juez puede incluir hechos no contemplados en la acusación (art. 342 CPP). Por ello, se considera que se habrían vulnerado normas de orden público y de cumplimiento obligatorio, en base a declaraciones que todos los hechos que se acusan hubieran sido cometidos el día 9 de julio de 2014 y no así como se asevera en la querella el 8 de julio del mismo año. Invocan la Sentencia Constitucional 0487/2004-R de 31 de marzo y precedente cual señala en Labores Judiciales de 1978, página 149