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    Auto Supremo AS/0856/2018-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0856/2018-RRC

    Fecha: 25-Sep-2018

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • I.1. Antecedentes
    • Por Sentencia 21/2012 de 14 de noviembre (fs
    • Contra la referida Sentencia, el acusador particular Lucio Hugo Morales Aguilar (fs
    • I.1.1. Motivo del recurso de casación
    • 8) Que, la Sentencia incurre en defectos absolutos inconvalidables por vulneración de sus derechos y
    • Añade, que el Auto de Vista recurrido incurrió en defecto absoluto inconvalidable, resultándole contradictorio a
    • Además, el Auto de Vista recurrido le resulta contrario a los Autos Supremos 192/2016 de
    • I.2. Admisión del recurso
    • Mediante Auto Supremo 304/2018-RA de 14 de mayo, cursante de fs
    • II.1.De la Sentencia
    • Por Sentencia 21/2012 de 14 de noviembre, la Juez Cuarto de Partido Liquidador y de
    • No se ha demostrado que el 1 de agosto la víctima hubiere sido despojado de
    • El acusador incumplió con proporcionar los elementos de prueba, no siendo posible por ende, atribuir
    • La presente acción penal no discute la titularidad del bien, sino el que la conducta
    • II.2.De la apelación restringida
    • El querellante interpuso recurso de apelación restringida, identificando como agravios de la Sentencia los siguientes
    • Defecto de Sentencia contenido en el inc
    • La Juez de instancia vulnera la previsión estatuida en el art
    • La Sentencia resulta contradictoria en su parte dispositiva; ya que, declara absueltos a los imputados
    • La Juez de instancia en el punto 3 apartado III de los motivos de hecho
    • La Juez de Sentencia incorporó al proceso elementos probatorios de manera ilegal; toda vez, que
    • La Sentencia al incurrir en los defectos de Sentencia acusados, también incurre en el defecto
    • II.3. Del Auto de Vista impugnado
    • La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dictó el Auto
    • La inobservancia del art
    • No es evidente la contradicción en la parte dispositiva de la Sentencia; ya que, se
    • Con relación a la defectuosa valoración de la prueba, el apelante señala que la Juez
    • De la vulneración del art
    • En cuanto la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva, debido proceso y seguridad
    • Precisado el motivo, este Tribunal deberá verificar dentro de los límites establecidos en el Auto
    • Este Alto Tribunal de Justicia ha establecido en sus reiterados fallos, la obligación que tiene
    • En alzada, conforme ha establecido la amplia doctrina emanada por el Máximo Tribunal de Justicia,
    • En consecuencia, una vez más se deja establecido que el Tribunal de Apelación, al momento
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • El recurrente denuncia la vulneración del derecho al debido proceso por inobservancia de los arts
    • Como precedente contradictorio, invocó el Auto Supremo 52 de 19 de marzo de 2012, dictado
    • En lo que respecta al segundo agravio denunciado en apelación restringida -falta de fundamentación fáctica,
    • En cuanto al tercer agravio acusado en alzada -la falta de fundamentación de la Sentencia
    • Finalmente, en cuanto al octavo agravio argüido por el apelante –defecto absoluto previsto por el
    • De igual forma, en cuanto al quinto agravio, el Tribunal de alzada claramente omitió analizar
    • Por último, respecto al octavo agravio acusado, se advierte que el Tribunal de apelación se
    • En consecuencia, del análisis de los antecedentes mencionados, se constata que efectivamente el Auto de
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • A los efectos de lo previsto por el art
    • En aplicación del art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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