Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0859/2018-RRC
Fecha: 25-Sep-2018
I.1.2. Petitorio
I.1.2. Petitorio
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Por memorial presentado el 9 de febrero de 2018, cursante de fs
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I.1. Antecedentes
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Por Sentencia 08/2016 de 5 de abril (fs
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Contra la mencionada Sentencia, el Ministerio Público (fs
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I.1.1. Motivo del recurso de casación
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Del memorial de recurso de casación y Auto Supremo 503/2018-RA de 10 de julio, se
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A tiempo de hacer presente que la Sentencia de grado, en efecto cumplió las previsiones
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I.1.2. Petitorio
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Los recurrentes solicitaron que deliberando en el fondo, se efectúe una correcta aplicación de la
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I.2. Admisión del recurso
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II.1. De la Sentencia
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Por Sentencia 08/2016 de 5 de abril, el Juzgado Tercero de Sentencia del Tribunal Departamental
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Problemas surgidos a raíz de trabajos en el muro de colindancia, dieron lugar a que
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De la lesión en la mano que Nicolasa Bando atribuye a su cuñada, se descarta
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II.2.De los recursos de apelación restringida
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La representante del Ministerio Público, identificó como defecto de la Sentencia, el contenido en el
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Por su parte, los acusadores denunciaron el mismo defecto de Sentencia manifestado por el Ministerio
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II.3. Del Auto de Vista impugnado
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La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emite el Auto
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Asimismo, en lo que respecta a la acusación de valoración defectuosa documental, el Juzgado de
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De manera contradictoria, el Juez de mérito asume plena convicción de las agresiones físicas, pero
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Precisado el motivo, este Tribunal deberá verificar dentro de los límites establecidos en el Auto
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III.1.Fundamentación, motivación y congruencia de la Resoluciones judiciales
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Las resoluciones para su validez y eficacia, deben ser debidamente fundamentadas y motivadas, debiendo entenderse
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Por otra parte, la fundamentación y motivación de Resoluciones implica el deber jurídico de explicar,
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En cuanto, al principio de congruencia, el Auto Supremo 396/2014-RRC de 18 de marzo, señaló:
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El principio de congruencia se configura en dos modalidades: a) La primera, conocida como congruencia
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III.2. Análisis del caso concreto
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Como precedente contradictorio, los recurrentes invocaron el Auto Supremo 067/2013 de 11 de marzo, dictado
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Del análisis del precedente invocado se advierte que la problemática dilucidada, mantiene relación con la
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A tal efecto, cabe considerar que la parte querellante denunció en apelación restringida el defecto
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Es en atención al defecto de Sentencia denunciado -370 inc
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En conclusión, el Auto de Vista recurrido no es contrario al precedente invocado; puesto que,
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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Regístrese, hágase saber y devuélvase
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Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
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