Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0860/2018
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0860/2018

    Fecha: 05-Sep-2018

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Partes: Florentino Segovia Durán. c/ Molina & Ávila Construcciones S.R.L
    • (MOLAVI SRL)
    • Distrito: Chuquisaca
    • VISTOS: El recurso de casación de fs
    • CONSIDERANDO I
    • Al estar expuestos los antecedentes se tiene que a fs
    • CONSIDERANDO II
    • 2
    • De la respuesta al recurso de casación
    • No se presente respuesta al recurso de casación
    • CONSIDERANDO III
    • Si bien antiguamente el régimen de la nulidad de obrados, se encontraba orientado a un
    • Estos presupuestos legales, han sido establecidos en desarrollo de la garantía constitucional que desprende el
    • Por lo manifestado, es indiscutible resaltar y reiterar que la nulidad procesal es una medida
    • En ese sentido en el régimen de nulidades procesales, impuesta en la nueva normativa jurisdiccional,
    • El Principio de Trascendencia y el Principio de finalidad del acto procesal, sitúan su lugar
    • El Principio de protección tiene como fundamento la protección del acto, y en ello proteger
    • El fundamento del principio de convalidación es que una persona que es parte del proceso
    • Asimismo, el principio de conservación que implica la conservación de los actos procesales, la cual
    • Criterio ya sustentado en el A.S. 348/2014 de fecha 02 de julio 2014 entre otros
    • CONSIDERANDO IV
    • Sobre este punto analizado se debe aclarar que toda acusación por nulidad procesal debe considerarse
    • No se presentó contestación al recurso de casación
    • Por lo expuesto corresponde emitir resolución en la forma prevista por el art
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca