CONSIDERANDO IV
CONSIDERANDO IV:
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
Con referencia a la vulneración del debido proceso, al incurrirse en falta de motivación y fundamentación, corresponde señalar que la motivación es la justificación razonada del porqué se está asumiendo una decisión, y esta no necesariamente debe ser ampulosa o extensa bastando con que esa respuesta resulte clara para que ese derecho se tenga por cumplido, actitud que únicamente implica un análisis formal de la resolución en su estructura y no en el fondo, por lo que los reclamos realizados por la parte demandante resultan ser infundados
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
Con referencia a la vulneración del debido proceso, al incurrirse en falta de motivación y fundamentación, corresponde señalar que la motivación es la justificación razonada del porqué se está asumiendo una decisión, y esta no necesariamente debe ser ampulosa o extensa bastando con que esa respuesta resulte clara para que ese derecho se tenga por cumplido, actitud que únicamente implica un análisis formal de la resolución en su estructura y no en el fondo, por lo que los reclamos realizados por la parte demandante resultan ser infundados
- Partes: Florentino Segovia Durán. c/ Molina & Ávila Construcciones S.R.L
- (MOLAVI SRL)
- Distrito: Chuquisaca
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- CONSIDERANDO I
- Al estar expuestos los antecedentes se tiene que a fs
- CONSIDERANDO II
- 2
- De la respuesta al recurso de casación
- No se presente respuesta al recurso de casación
- CONSIDERANDO III
- Si bien antiguamente el régimen de la nulidad de obrados, se encontraba orientado a un
- Estos presupuestos legales, han sido establecidos en desarrollo de la garantía constitucional que desprende el
- Por lo manifestado, es indiscutible resaltar y reiterar que la nulidad procesal es una medida
- En ese sentido en el régimen de nulidades procesales, impuesta en la nueva normativa jurisdiccional,
- El Principio de Trascendencia y el Principio de finalidad del acto procesal, sitúan su lugar
- El Principio de protección tiene como fundamento la protección del acto, y en ello proteger
- El fundamento del principio de convalidación es que una persona que es parte del proceso
- Asimismo, el principio de conservación que implica la conservación de los actos procesales, la cual
- Criterio ya sustentado en el A.S. 348/2014 de fecha 02 de julio 2014 entre otros
- CONSIDERANDO IV
- Sobre este punto analizado se debe aclarar que toda acusación por nulidad procesal debe considerarse
- No se presentó contestación al recurso de casación
- Por lo expuesto corresponde emitir resolución en la forma prevista por el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
