1
Distrito: Santa Cruz.
VISTOS: El recurso de casación planteado por Néstor Hugo Hidalgo Macias (fs. 437 a 438 vta.), impugnando el Auto de Vista Nº 80/17 pronunciado el 26 de mayo, por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, cursante de fs. 434 a 435 vta., en el proceso de cumplimiento de obligación seguido por el recurrente contra Pedro Vergara Choque; Auto de concesión de fs. 443, Auto Supremo de admisión Nº 1076/2017-RA de 9 de octubre, y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1.Planteada la demanda inicialmente en la vía ejecutiva, luego fue reconducida a la vía ordinaria, por cumplimiento de obligación, de fs. 64 a 69 vta., y aclaración de fs. 72 a 77, el demandado contestó negando acciones y derechos en la demanda y reconvino por cumplimiento de pago por saldo adeudado por todas las ampliaciones y remodelaciones efectuadas, tramitado así hasta la emisión de la Sentencia
VISTOS: El recurso de casación planteado por Néstor Hugo Hidalgo Macias (fs. 437 a 438 vta.), impugnando el Auto de Vista Nº 80/17 pronunciado el 26 de mayo, por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, cursante de fs. 434 a 435 vta., en el proceso de cumplimiento de obligación seguido por el recurrente contra Pedro Vergara Choque; Auto de concesión de fs. 443, Auto Supremo de admisión Nº 1076/2017-RA de 9 de octubre, y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1.Planteada la demanda inicialmente en la vía ejecutiva, luego fue reconducida a la vía ordinaria, por cumplimiento de obligación, de fs. 64 a 69 vta., y aclaración de fs. 72 a 77, el demandado contestó negando acciones y derechos en la demanda y reconvino por cumplimiento de pago por saldo adeudado por todas las ampliaciones y remodelaciones efectuadas, tramitado así hasta la emisión de la Sentencia
- Proceso: Cumplimiento de obligación
- 1
- 3
- Con carácter previo se establece que se está considerando el recurso de casación de fs
- 2
- Concluye sosteniendo que interpone recurso de casación en el fondo y en la forma
- De la respuesta al recurso de casación
- El mismo se encuentra fuera de plazo y al margen de la concesión
- III.1. De la interpretación de los contratos
- Al respecto este Supremo Tribunal de Justicia ha orientado en el Auto Supremo Nº 506/2016
- Se ha dado en la materia dos corrientes opuestas: la teoría subjetiva o de la
- En nuestra legislación el art
- La investigación fundamental del intérprete, desde luego, ha de consistir en precisar la naturaleza jurídica
- El principio fundamental de la interpretación el “a tanto se obliga el hombre a cuanto
- La primera regla de la interpretación, no inserta el Código, pero que surge inequívoca de
- Si la construcción gramatical de las cláusulas del contrato, es ambigua o anfibológica y provoca
- Siendo el contrato una asociación de pensamientos encaminados al logro del fin buscado por la
- III.2. Sobre el principio de verdad material
- En el Auto Supremo Nº 690/2014 de 24 de noviembre, se refirió lo siguiente: “La
- En esta misma lógica la SCP 0140/2012 de 9 de mayo, razonó lo siguiente: “Desde
- … Ahora bien, en este Estado Social, Constitucional de Derecho el rol que antes se
- Asimismo en el Auto Supremo Nº 22/2016 de 15 de enero se razonó lo siguiente:
- CONSIDERANDO IV
- Al respecto cabe señalar que el Código Civil prescribe: “En los contratos con prestaciones recíprocas
- En el caso de autos, la demanda deviene de una acción de cumplimiento de contrato,
- Con estos antecedentes se concluye que los de instancia dieron respuesta oportuna, adheridos al principio
- Relator: Magistrado Marco Ernesto Jaimes Molina.
