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    Auto Supremo AS/0885/2018-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0885/2018-RA

    Fecha: 27-Sep-2018

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 14 de mayo de 2018, cursante de fs
    • Por Sentencia 01/2016 de 2 de febrero (fs
    • Contra la mencionada Sentencia, la acusadora particular Mery Loredo Rocha interpuso recurso de apelación restringida
    • La parte recurrente refiere como antecedente, que hubiere interpuesto su recurso de apelación restringida contra
    • Que la escasa o contradictoria fundamentación conlleva violación de derechos y garantías constitucionales tal cual
    • El art
    • En este contexto, el art
    • i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
    • ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
    • iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • En el caso de autos se advierte que la recurrente fue notificada con el Auto
    • En cuanto al primer motivo, la parte recurrente denuncia de manera genérica que el Tribunal
    • Al efecto, esta Sala Penal constató que la parte recurrente, señaló en calidad de precedentes
    • Respecto al segundo motivo, la recurrente reclama que el Auto de Vista impugnado adolece de
    • En relación y de igual manera que en el punto primero este Tribunal Supremo evidenció
    • Aun así, este Tribunal Supremo corrobora que la parte recurrente alegó la vulneración de su
    • Como un tercer motivo, denunció la parte recurrente de manera totalmente imprecisa y genérica, que
    • Al mismo tiempo, esta Sala Penal evidencia que la parte recurrente denunció la vulneración de
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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