Auto Supremo AS/0885/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0885/2018-RA

Fecha: 27-Sep-2018

Aun así, este Tribunal Supremo corrobora que la parte recurrente alegó la vulneración de su


Aun así, este Tribunal Supremo corrobora que la parte recurrente alegó la vulneración de su derecho fundamental al debido proceso, por lo que corresponde revisar si la recurrente cumplió con los requisitos de admisibilidad y permisibilidad, para activar el recurso de casación ante la denuncia de defectos absolutos adoptada por este Tribunal. Evidenciándose que la recurrente proveyó los antecedentes de hecho generadores del recurso y explicó el resultado dañoso emergente del defecto (que el Auto de Vista impugnado adolece de incongruencia omisiva, al no pronunciarse respecto al reclamo de apelación restringida, respecto a la suspensión de la audiencia de 12 de mayo de 2015), precisó el derecho constitucional vulnerado (derecho que tiene toda persona a conocer en detalle los fundamentos de las resoluciones impugnadas); empero, no detalló con precisión en qué consiste la restricción del derecho, al contrario confundió la incongruencia omisiva con la falta de una debida fundamentación (el derecho que tiene toda persona a conocer en detalle los fundamentos de las resoluciones impugnadas), pues al incumplir con este requisito, se evidencia, que la recurrente se limitó en su recurso de casación a formular una simple denuncia de actividad procesal defectuosa discordante; por el contrario, en este tipo de situaciones, la parte recurrente debe formular su denuncia vinculadas a la existencia de defectos absolutos de manera clara y precisa, incumpliendo uno de los requisitos de admisibilidad por flexibilización, el presente punto es inadmisible