Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de activar el recurso de casación ante la denuncia de defectos absolutos adoptada por este Tribunal, ha sido ratificada por el Tribunal Constitucional en las Sentencias Constitucionales 1112/2013 de 17 de julio, 0128/2015-S1 de 26 de febrero y 0326/2015-S3 de 27 de marzo, entre otras, al señalar que guarda conformidad con los valores de justicia e igualdad y el principio de eficacia de los derechos fundamentales, entre ellos el acceso a la justicia y la justicia material, última que exige adoptar criterios que permitan enmendar y reparar la afectación grave de derechos y garantías constitucionales ocurridas en la tramitación de los procesos
- Por memorial presentado el 14 de mayo de 2018, cursante de fs
- Por Sentencia 01/2016 de 2 de febrero (fs
- Contra la mencionada Sentencia, la acusadora particular Mery Loredo Rocha interpuso recurso de apelación restringida
- La parte recurrente refiere como antecedente, que hubiere interpuesto su recurso de apelación restringida contra
- Que la escasa o contradictoria fundamentación conlleva violación de derechos y garantías constitucionales tal cual
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que la recurrente fue notificada con el Auto
- En cuanto al primer motivo, la parte recurrente denuncia de manera genérica que el Tribunal
- Al efecto, esta Sala Penal constató que la parte recurrente, señaló en calidad de precedentes
- Respecto al segundo motivo, la recurrente reclama que el Auto de Vista impugnado adolece de
- En relación y de igual manera que en el punto primero este Tribunal Supremo evidenció
- Aun así, este Tribunal Supremo corrobora que la parte recurrente alegó la vulneración de su
- Como un tercer motivo, denunció la parte recurrente de manera totalmente imprecisa y genérica, que
- Al mismo tiempo, esta Sala Penal evidencia que la parte recurrente denunció la vulneración de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
