Auto Supremo AS/0887/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0887/2018

Fecha: 05-Sep-2018

El art

Por otra parte, tampoco se le posibilita la opción de rescisión (entre otros, modificación unilateral por parte de la administradora del destino de los espacios comunes, modificación del tenant-mix)”
III.3. En relación a la interpretación de los contratos.
El art. 519 del Código Civil dispone que: “(Eficacia del contrato). El contrato tiene fuerza de ley entre las partes contratantes. No puede ser disuelto sino por consentimiento mutuo o por las causas autorizadas por la ley”