Auto Supremo AS/0889/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0889/2018

Fecha: 05-Sep-2018

Sobre el particular corresponde señalar el entendimiento asumido en el punto III

En ese antecedente y la revisión de los reclamos de forma se tiene como relevante la transgresión del art. 265 del Código Procesal Civil acusado por los recurrentes, en el entendido de que el Ad quem no se habría circunscrito a los puntos reclamado en el recurso de apelación; vulnerado de esta forma el principio de congruencia.
Sobre el particular corresponde señalar el entendimiento asumido en el punto III.1 de la doctrina aplicable al caso, en sentido que la congruencia es la correlación existente de lo solicitado y lo dispuesto; es decir que los Tribunales de segunda instancia deben circunscribirse a resolver los puntos que fueron objeto de apelación