Bajo apercibimiento, de que los demandantes podrán hacerlo a su costa y de librar el
Bajo apercibimiento, de que los demandantes podrán hacerlo a su costa y de librar el juez subsidiariamente una escritura aclarativa de compra-venta a su nombre. 3. Se condena a la entidad demandada a resarcir los daños y perjuicios ocasionados a los demandantes averiguables en ejecución de sentencia
- CONSIDERANDO I
- Bajo apercibimiento, de que los demandantes podrán hacerlo a su costa y de librar el
- CONSIDERANDO II
- II.3. De la legitimación procesal
- De la revisión del recurso de casación de fs
- 2
- 3
- 4
- Peticionando en definitiva se case el Auto de Vista, declarando improbada la demanda principal
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
