Auto Supremo AS/0016/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0016/2019

Fecha: 29-Ene-2019

Que el Tribunal ad quem no consideró que la actora desempeñó sus funciones por compra



Auto de Vista
En grado de apelación interpuesto por CNL. Daen Roberto René Alarcón Loza, en representación de COSSMIL, de fs. 117 a 119, la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió el Auto de Vista N° 149/17 de 14 de junio de fs. 132 a 133, que confirmó la Sentencia Nº 165/2016 de 29 de septiembre.
Argumentos del recurso de casación
Contra el Auto de Vista, COSSMIL, interpuso recurso de casación de fs. 135 a 137, bajo los siguientes argumentos:
Que el Tribunal ad quem no consideró que la actora desempeñó sus funciones por compra de servicios profesionales a monto fijo, en calidad de enfermera en el Hospital de COSSMIL Santa Cruz, contratos que cursan en obrados y que no fueron tomados en cuenta por la autoridad toda vez que los mismos demuestran que COSSMIL no mantenía relación de dependencia laboral ni patronal con la actora, por tratarse de un contrato de compra de servicios a contra entrega de facturas, por lo que la institución no esta obligada al reconocimiento de cargas sociales de ninguna clase, así como de ninguna clase de beneficios colaterales, ya que el art. 1 del DR de la LGT, señala que no están sujetos a dicha ley los funcionarios públicos