Al respecto, es necesario efectuar una revisión de los antecedentes con los que se cuenta,
Al respecto, es necesario efectuar una revisión de los antecedentes con los que se cuenta, pues se desprende que formulado el recurso de apelación restringida por Olga Calle Ruiz, la imputada Julia Barrios Sirpa respondió el traslado a través de memorial de fs. 1609 a 1610; empero, dicha respuesta fue limitada por parte del Tribunal de alzada a un simple enunciamiento en el Auto de Vista impugnado al señalar en el apartado Vistos de dicha resolución: “…respuesta por parte de Julia Barrios Sirpa…”
- Por memorial presentado el 3 de abril de 2018, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 625/2018-RA de 7 de agosto,
- La recurrente aduce que al dictarse el Auto de Vista se incurrió en inobservancia de
- Mediante Auto Supremo 625/2018-RA de 07 de agosto, cursante de fs
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
- II.3.De la respuesta de la recurrente a la apelación restringida
- Mediante memorial de 8 de diciembre de 2015, Julia Barrios Sirpa responde al memorial de
- II.4.Del Auto de Vista impugnado
- Radicada la causa en la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La
- La sentencia señala con relación a la sustracción de los objetos, que la acusadora particular
- La sentencia hace referencia a las declaraciones de los testigos y que existiría contradicciones, empero
- Tomando en cuenta la naturaleza de los hechos, el objeto del proceso está establecido cuando
- El legislador no ha establecido un plazo para deliberar, la misma que es a criterio
- En el caso presente, la imputada denuncia la vulneración de sus derechos constitucionales (debido proceso
- El recurso de apelación restringida junto con la contestación constituye la cuestión controvertida, el asunto
- III.2.Análisis del caso concreto
- En la exposición del agravio identificado y que fue objeto de admisión, para su respectivo
- Al respecto, es necesario efectuar una revisión de los antecedentes con los que se cuenta,
- No siendo suficiente aquello, pues como se precisó en el apartado III
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación del art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dra. Maritza Oro Condori
