Auto de Vista
Planteada la demanda social de pago de beneficios sociales y derechos por Daniel Tórrez Alejo, y tramitado el proceso, la Juez Segunda del Trabajo y Seguridad Social de El Alto, pronunció la Sentencia Nº 41/2016 de 15 de abril, de fs. 522 a 536, declarando probada la demanda, con costas; disponiendo que la empresa unipersonal “Café Chiriguano” a través de su representante legal, cancele a favor del actor, la suma de Bs.102.899,14.- (ciento dos mil ochocientos noventa y nueve 14/100 bolivianos), por concepto de beneficios sociales y derechos laborales detallados en ese fallo, ya incluida la multa del 30%; monto que deberá ser actualizado en ejecución de sentencia, de conformidad al art. 9 del D.S. Nº 28699 de 1 de mayo de 2006.
Auto de Vista
Auto de Vista
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Auto de Vista
- En conocimiento de la Sentencia, la empresa unipersonal “Café Chiriguano”, de propiedad de Gabriela
- En conocimiento del señalado Auto de Vista, la empresa unipersonal “Café Chiriguano”, formuló recurso
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- Petitorio
- Por lo expuesto, indica interponer recurso de casación en la forma y en el fondo,
- Expuestos así los argumentos del recurso de casación, se pasa a resolver el recurso, con
- En ese entendido, corresponde al recurso de casación orientar sus argumentos a invalidar el Auto
- En el caso, la empresa recurrente, reitera los argumentos esgrimidos en su apelación, que están
- Sin embargo, en el punto 1 del recurso, en el aparente cuestionamiento sobre el Auto
- Estas inobservancias, de ningún modo pueden suplirse por este Tribunal, sin que esta decisión implique
- Se regula el honorario profesional del abogado en Bs
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
