I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 23
Sucre, 29 de enero de 2019
Expediente : 491/2017
Demandante : Daniel Tórrez Alejo
Demandado : Empresa unipersonal “Café Chiriguano”
Proceso : Pago de beneficios sociales y derechos laborales
Distrito : La Paz
Magistrado Relator: Dr. Esteban Miranda Terán
VISTOS: El recurso de casación, de fs. 564 a 565, interpuesto por la empresa unipersonal “Café Chiriguano”, de propiedad de Gabriela Andrea Moldes Ortube, a través de su apoderado Ventura Fidel Mangudo Estrada, contra el Auto de Vista N° 91/2017 S.S.A.II de 9 de agosto, pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, de fs. 557 a 558; dentro del proceso de pago de beneficios sociales y derechos laborales interpuesto por Daniel Tórrez Alejo contra la empresa unipersonal recurrente; el memorial de respuesta al recurso, a fs. 568; el Auto Nº 292/2017 SSA.II de 25 de septiembre, que concedió el recurso (fs. 569); el Auto Supremo Nº 491-A de 24 de octubre de 2017 (fs. 579), por el cual se declara admisible el recurso de casación interpuesto, los antecedentes procesales; y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Sentencia
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 23
Sucre, 29 de enero de 2019
Expediente : 491/2017
Demandante : Daniel Tórrez Alejo
Demandado : Empresa unipersonal “Café Chiriguano”
Proceso : Pago de beneficios sociales y derechos laborales
Distrito : La Paz
Magistrado Relator: Dr. Esteban Miranda Terán
VISTOS: El recurso de casación, de fs. 564 a 565, interpuesto por la empresa unipersonal “Café Chiriguano”, de propiedad de Gabriela Andrea Moldes Ortube, a través de su apoderado Ventura Fidel Mangudo Estrada, contra el Auto de Vista N° 91/2017 S.S.A.II de 9 de agosto, pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, de fs. 557 a 558; dentro del proceso de pago de beneficios sociales y derechos laborales interpuesto por Daniel Tórrez Alejo contra la empresa unipersonal recurrente; el memorial de respuesta al recurso, a fs. 568; el Auto Nº 292/2017 SSA.II de 25 de septiembre, que concedió el recurso (fs. 569); el Auto Supremo Nº 491-A de 24 de octubre de 2017 (fs. 579), por el cual se declara admisible el recurso de casación interpuesto, los antecedentes procesales; y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Sentencia
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Auto de Vista
- En conocimiento de la Sentencia, la empresa unipersonal “Café Chiriguano”, de propiedad de Gabriela
- En conocimiento del señalado Auto de Vista, la empresa unipersonal “Café Chiriguano”, formuló recurso
- 3
- 4
- Petitorio
- Por lo expuesto, indica interponer recurso de casación en la forma y en el fondo,
- Expuestos así los argumentos del recurso de casación, se pasa a resolver el recurso, con
- En ese entendido, corresponde al recurso de casación orientar sus argumentos a invalidar el Auto
- En el caso, la empresa recurrente, reitera los argumentos esgrimidos en su apelación, que están
- Sin embargo, en el punto 1 del recurso, en el aparente cuestionamiento sobre el Auto
- Estas inobservancias, de ningún modo pueden suplirse por este Tribunal, sin que esta decisión implique
- Se regula el honorario profesional del abogado en Bs
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
