Aspectos que no se valoraron
Aspectos que no se valoraron. Argumentando que no realizaron valoración alguna de la normativa universitaria de fs. 95 a 98, la cual, de acuerdo al art. 92 de la Constitución Política del Estado, dentro del marco de su autonomía, tiene la potestad de elaborar sus propios estatutos y reglamentos, es así, que dentro de ese marco normativo la UMSS ha emitido el reglamento de carga horaria, incompatibilidad, asistencia y remuneración de personal docente, el cual en su art. 11 dice: “La designación de un docente a dedicación exclusiva se hace con carácter anual para los profesores titulares u ordinarios y por el periodo de su invitación para los docentes extraordinarios…”, Asimismo, el art. 9 del mencionado reglamento, establece: “La designación de docentes a dedicación exclusiva, se efectúa mediante resolución expresa del consejo de facultad o escuela. En base a solicitud y justificación presentada por el consejo de carrera o departamento respectivo en las facultades con una sola carrera y en coordinación con la dirección de planificación académica y con aprobación refrenda por Resolución Rectoral. No se dará curso de pago si los requisitos anteriores son incumplidos”
- CONSIDERANDO
- El referido auto de vista, motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- Aspectos que no se valoraron
- Por otro lado, se evidencia que mediante la Resolución Rectoral N° 696/15 de 17 de
- Por lo expuesto, tenemos a bien plantear recurso de casación en el fondo contra el
- El caso objeto del recurso de casación, se limita en determinar si corresponde la reincorporación
- Al respecto, es decir sobre la forma de desvinculación laboral de la actora, cabe señalar
- Al respecto, el artículo 10 del Decreto Supremo Nº 28699 de 1 de mayo de
- En el caso presente, al no haberse demostrado que la actora fue despedida por justa
- En ese contexto, es preciso tomar en cuenta que nuestra legislación con el objeto de
- Consecuentemente, al no ser evidentes las infracciones y violaciones acusadas en el recurso, corresponde resolverlo
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Magistrado Relator: Carlos Alberto Eguëz Añez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
