Auto Supremo AS/0532/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0532/2019

Fecha: 08-Oct-2019

En atención a la normativa desarrollada resulta evidente que el trabajo de docencia que brindaba

En atención a la normativa desarrollada resulta evidente que el trabajo de docencia que brindaba la demandante a la UPAL es considerado la actividad principal de esta empresa, en consecuencia, existe incumplimiento a la prohibición de suscribir contratos a plazo fijo, por lo que este contrato se convierte en contrato por tiempo indefinido, quedando confirmado el Auto de Vista respecto al tiempo de servicio de la demandante y como consecuencia lógica, la existencia de despido intempestivo, lo que genera el pago de desahucio