Auto Supremo AS/0557/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0557/2019

Fecha: 08-Oct-2019

Lo anterior no significa una negación o desconocimiento que el empleador también goza de protección,

Se debe tener presente además, que en materia laboral, la autonomía de la voluntad se encuentra restringida a los límites constitucionales y legales impuestos en virtud del principio protector y de tutela que el Estado ejerce sobre el trabajador y el trabajo.
Lo anterior no significa una negación o desconocimiento que el empleador también goza de protección, derechos y garantías constitucional y legalmente reconocidas, punto en el que los que corresponden al trabajador encuentran su límite, pues lo contrario significaría no solamente vulnerar, sino desconocer la existencia de los derechos de la otra parte en la relación laboral. Del mismo modo, el contrato de trabajo no debe ser entendido en un sentido genérico, sino más bien, considerando la naturaleza de las tareas desarrolladas por el trabajador, del lugar de trabajo, de la función que cumple, de la jornada laboral, de los descansos, etc