Bajo estos parámetros se concluye al ser parcialmente evidentes las infracciones denunciadas en el recurso
Bajo estos parámetros se concluye al ser parcialmente evidentes las infracciones denunciadas en el recurso de casación en el fondo interpuesto, corresponde resolver en el marco de la disposición legal contenida en el art. 220.IV del Código Procesal Civil (CPC), aplicable por la norma remisiva contenida en el art. 252 del CPT, en observancia a la Disposición Transitoria Sexta de la Ley Nº 439
- DATOS DEL PROCESO Y DE LAS PARTES
- Demandado: Empresa Taller “Andrés” S.R.L
- I. ANTECEDENTES PROCESALES
- Interpuesto el recurso de apelación cursante a fs
- Ante la determinación del Auto de Vista, Andrés Caballero Coca en su condición de propietario
- Interpuesto el recurso de casación en el fondo, el recurrente expone los siguientes fundamentos
- En conclusión, solicita al Tribunal Supremo de Justicia, que CASE Auto de Vista recurrido el
- La parte demandante contesta el recurso de casación interpuesto, conforme cursa a fs
- III: FUNDAMENTOS JURÍDICOS Y ANALISIS DEL CASO EN CONCRETO
- La normativa glosada, aplicable en material laboral por expresa remisión del art
- En el caso en concreto, el recurrente de manera muy superficial precisa que la multa
- No obstante de ello, de la revisión prolija de los antecedentes procesales, se advierte que
- En relación a la sanción de actualización a la que hace referencia el art
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- Bajo estos parámetros se concluye al ser parcialmente evidentes las infracciones denunciadas en el recurso
- Sin costas y costos
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
