Auto Supremo AS/0606/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0606/2019

Fecha: 22-Oct-2019

Contra la mencionada resolución, por escrito de fs

En procesos coactivos sociales aplicando el art. 229 del Código de Seguridad Social, los autos de vista son recurribles de Nulidad ante el Tribunal Supremo de Justicia, por falta absoluta de jurisdicción; norma ampliada por el art. 608 de su Decreto Reglamentario, que dispone que también pueden ser recurridos por “Violación de Ley expresa y terminante”; por consiguiente, al ser éste un argumento casacional, se concluye que la presente causa es susceptible de ser recurrible en casación; quedando así, reconocida nuestra competencia.
II. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN:
Contra la mencionada resolución, por escrito de fs. 282 a 284, el ente gestor de la seguridad social a corto plazo, formuló Recurso de Casación en el fondo, conforme los argumentos siguientes:
Señala que el Auto Definitivo y el Auto de Vista han ignorado el procedimiento expresamente establecido por Ley para la inspección y control de empresas, refiriéndose concretamente a los arts. 462 del Reglamento del Código de Seguridad Social (RCSS) y 64 de la Ley Nº 13214, referidos a la tasación de oficio, cuando no haya sido posible obtener las planillas de cotizaciones, para determinar la cuantía de las cotizaciones patronales y laborales devengadas para su cobro inmediato (3 días de su notificación), debiendo contener, si procediera, intereses de mora y multas; en caso de no pago, se procederá al cobro coactivo