Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes agravios
Por diligencia de 29 de julio de 2019 (fs. 293), el recurrente fue notificado con el referido Auto de Vista; y, el 5 de agosto del mismo año, interpuso el recurso de casación objeto del presente análisis de admisibilidad.
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes agravios:
Sobre el incidente de prejudicialidad, indica que, durante la tramitación del juicio se habría evidenciado la existencia de un proceso extrapenal con documentación fehaciente, respecto a la posesión pacífica que habría ejercido durante más de 10 años sobre dichos terrenos, por lo que no se trataría de un despojo sino de un proceso de usucapión, hechos que habrían sido desconocidos por los Jueces del Tribunal y los Vocales, e identifica su primer argumento como falta de fundamentación. Añade manifestando que, para demostrar la existencia de la excepción de prejudicialidad adjuntó prueba idónea consistente en el Auto de Admisión de la demanda de usucapión y la declaración de la víctima, que en audiencia de juicio declaró que fue notificada con la demanda, acusa que, a pesar de ello el Tribunal y la Sala Penal habrían resuelto rechazar la excepción, ambos bajo el mismo argumento y en vulneración de lo establecido en el art. 309 del Código Procedimiento Penal (CPP)
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes agravios
- Bajo el epígrafe “Carencia de fundamentación en la integridad del Auto de Vista”, indica que,
- Por último, acusa la falta de congruencia jurídica entre lo resuelto y lo peticionado, afirma
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- Cita como precedente contradictorio la Sentencia Constitucional (SC) 1845/2004-R de 30 de noviembre; respecto a
- Con relación a estos motivos (primero y segundo), se debe tener presente que si bien
- Ahora bien, de acuerdo a la regulación normativa del recurso de casación establecido en los
- En ese sentido, el recurso de casación no procede contra otro tipo de resolución judicial
- En el caso presente, el impugnado Auto de Vista, conoció la alzada en contra de
- Asimismo conviene reiterar que, las falencias advertidas en el planteamiento del recurso, no pueden ser
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
