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    Auto Supremo AS/0905/2019-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0905/2019-RRC

    Fecha: 07-Oct-2019

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    • Por memorial presentado el 1 de abril de 2019, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes
    • Contra la mencionada Sentencia, Jessica Melvy Ramírez Sotto en su calidad de Defensora de Oficio
    • I.1.1. Motivo del recurso de casación
    • Del recurso de casación y del Auto Supremo 491/2019-RA de 25 de junio, se extrae
    • El recurrente solicita se admita su recurso de casación y posteriormente se deje sin efecto
    • I.2. Admisión del recurso
    • Mediante Auto Supremo 491/2019-RA de 25 de junio, de fs
    • II.1.De la Sentencia
    • Por Sentencia 20/2014 de 9 de septiembre, El Tribunal de Sentencia Único de Villa Montes
    • II.2 Recurso de apelación restringida del imputado
    • La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, resolviendo el recurso de
    • En el caso presente el recurrente denuncia, que el Tribunal de alzada inobserva la existencia
    • III.1.El debido proceso en su elemento fundamentación de las resoluciones
    • También, este Tribunal en forma continua y coherente, ha manifestado que las resoluciones emitidas por
    • Es así, que en consideración a la exigencia contenida en la Constitución Política del Estado
    • Asimismo, para una fundamentación o motivación no se precisa que esta sea extensa o redundante
    • En tal sentido se establece, que la fundamentación de las Resoluciones implica el deber de
    • Previo a efectuar el análisis del caso en concreto se verificará si los fallos invocados
    • Auto Supremo 342/2006 de 28 de agosto, resuelto por la Sala Penal Segunda de la
    • La exigencia de motivación constituye una garantía constitucional de justicia, fundada en el régimen republicano
    • En virtud de éstas razones, la ley procesal consagra la exigencia de motivación de las
    • La motivación, a la vez que un requisito formal, que en la sentencia no se
    • La motivación debe ser expresa, clara, completa, legítima y lógica
    • a) Expresa: Porque el juez, no puede suplirla por una remisión a otros actos, o
    • b) Clara: En la sentencia, el objeto del pensar jurídico debe estar notoriamente determinado, de
    • c) Completa: La exigencia comprende a todas las cuestiones fundamentales de la causa y a
    • Esto no implica que los hechos secundarios queden excluidos; la obligación de motivar alcanza también
    • La motivación, para ser completa, debe referirse al hecho y al derecho, valorando las pruebas
    • d) Legítima: La legitimidad de la motivación se refiere tanto a la validez intrínseca de
    • También, por supuesto, será ilegítima la motivación si se funda en prueba obtenida por un
    • Al respecto, señala Maier: "
    • e) Lógica: Finalmente se exige que la sentencia cumpla con las reglas de logicidad, de
    • Como se puede advertir, el predecente invocado y la denuncia planteada contienen la misma temática;
    • Auto Supremo 345/2015-RRC de 3 de junio, resuelto por la Sala Penal, seguido por el
    • El recurrente denuncia en esta instancia, que el Tribunal de alzada inobserva la existencia legal
    • Con relación al recurso que antecede el Tribunal de alzada respondió indicando la denuncia del
    • Asimismo el apelante denuncia defectuosa valoración probatoria, al considerar que la prueba aportada a juicio
    • Bajo ese apercibimiento, corresponde enfatizar que la denuncia de que el Tribunal de alzada inobservó
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela

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