Del memorial de casación, se extraen los siguientes motivos
II. SOBRE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial de casación, se extraen los siguientes motivos:
Refiere el recurrente, que el Auto de Vista impugnado en el punto I.3, señaló que su persona había confundido los términos Corrupción y Corromper, lo que le evidencia, que no realizó un análisis coherente de su recurso de apelación restringida, en contradicción a la línea jurisprudencial del Tribunal Constitucional “(SS.CC. 1056/2003-R)” (sic). “En este punto corresponde puntualizar que la inobservancia de la ley o la aplicación errónea, puede ser tanto de la ley sustantiva como la ley adjetiva; la norma sustantiva puede ser erróneamente aplicada: 1) errónea calificación de los hechos (tipicidad) errónea concreción del marco penal. 3) errónea fijación judicial de la pena” (sic), fundamento que le resulta totalmente contradictorio al Auto Supremo 329 de 29 de agosto de 2006, afirma que cuando invocó el precedente su persona resaltó que “se genera una errónea aplicación de la Ley sustantiva, por la errónea calificación de los hechos (tipicidad), Porque la adecuación de la conducta humana a la descripción objetiva del o de los delitos endilgados, debe ser correcta y exacta” (sic), lo que no fue cumplido en Sentencia
- Por memorial presentado el 23 de agosto de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la referida Sentencia, el imputado Juan Daniel Miranda Vidal interpuso recurso de apelación restringida
- Por diligencia de 16 de agosto de 2019 (fs
- Del memorial de casación, se extraen los siguientes motivos
- Afirma que el Auto de Vista impugnado contiene una mera relación de hechos que se
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- Por los argumentos expuestos, se tiene que el presente motivo no cumplió con los requisitos
- En cuanto al segundo motivo, en el que el recurrente reclama que el Auto de
- Por lo expuesto, se tiene que en el presente motivo, el recurrente no cumplió con
- Finalmente, en relación al tercer motivo, en el que el recurrente refiere que respecto a
- Por los fundamentos expuestos, se tiene que el presente motivo no cumplió con los arts
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
