Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0976/2019-RRC
Fecha: 18-Oct-2019
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Por memorial presentado el 16 de abril de 2019, cursante de fs
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I.1. Antecedentes
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Por Sentencia 44/2017 de 24 de octubre (fs
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Contra la referida Sentencia, Sergio Andrés Claros Terán apoderado legal de la acusadora particular María
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I.1.1. Motivos del recurso de casación
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Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo 648/2019-RA de 22 de agosto,
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Reclama que el Tribunal de alzada incurrió en defecto absoluto inconvalidable establecido por el art
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Por otra parte reclama que el Tribunal de alzada no debió señalar que se tiene
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Finalmente el recurrente reclama, que el Auto de Vista impugnado y su Auto Complementario resultan
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El recurrente solicita se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado y su Auto
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I.2. Admisión del recurso
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Mediante Auto Supremo 648/2019-RA de 22 de agosto, de fs
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II.1.De la Sentencia
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Por Sentencia 44/2017 de 24 de octubre, el Tribunal de Sentencia Octavo del Tribunal Departamental
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II.2. Del recurso de apelación restringida de la acusadora particular
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Notificado con la Sentencia, Sergio Andrés Claros Terán apoderado legal de la acusadora particular María
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Valoración defectuosa de la prueba, en relación al dictamen pericial signado como prueba MP4, que
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En el otrosí 1º, solicita señalamiento de audiencia de fundamentación oral
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II.3. Del memorial de subsanación al recurso de apelación restringida
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Remitidos los antecedentes a la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La
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Notificado el apoderado de la acusadora particular con tal determinación, presentó memorial bajo el título
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II.4. Del decreto de 28 de agosto de 2018
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Ante la presentación del memorial de subsanación al recurso de apelación restringida, la Sala Penal
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II.5. Del decreto de 9 de noviembre de 2018
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En mérito a la solicitud presentada por la imputada que refiere: adelantar el sorteo de
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Previa referencia de antecedentes procesales refiere, que el apelante no cumplió de manera efectiva ni
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Afirma el Tribunal de alzada que el apelante manifiesta la falta de fundamentación de la
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Sin perjuicio de lo anterior en cuanto a la falta de fundamentación de la Sentencia,
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En cuanto a la valoración defectuosa de la prueba MP4, precisa que fue valorado en
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Notificado con el Auto de Vista el apoderado de la acusadora particular, solicitó explicación, complementación
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En el presente caso, este Tribunal admitió el recurso de casación a los fines de
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Corresponde puntualizar, que los motivos primero y segundo, a fin de evitar reiteraciones innecesarias serán
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En cuanto al segundo motivo el recurrente invocó el Auto Supremo 158/2016-RRC de 7 de
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De los precedentes expuestos, se tiene que resolvieron una cuestión procesal que resulta similar a
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Efectuado el sorteo, se remitió los antecedentes a la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental
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En vista del memorial de subsanación, el Tribunal de alzada emitió el decreto de 28
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En mérito a la solicitud de adelantar el sorteo de Vocal relator y dictar Auto
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Añade el Auto de Vista impugnado, que el apelante manifiesta la falta de fundamentación de
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Continuando con los fundamentos del Auto de Vista impugnado hubiera referido, sin perjuicio de lo
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Finalmente refiere el Tribunal de alzada que respecto a la valoración defectuosa de la prueba
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De esa relación necesaria de antecedentes, se tiene que la denuncia efectuada por el recurrente,
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Por los argumentos expuestos, se tiene que el fallo impugnado incurrió en contradicción, con el
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III
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El recurrente reclama, que el Auto de Vista impugnado y su Auto Complementario resultan ilegales;
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Al respecto invocó el Auto Supremo 24/2014-RRC de 24 de marzo, que fue dictado por
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Del precedente expuesto, se tiene que resolvió una cuestión procesal que resulta similar a la
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Por Auto de 14 de enero de 2019, la presidenta de la Sala Penal Cuarta
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De esa relación de antecedentes, resulta evidente la vulneración al derecho al juez natural como
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Por los argumentos expuestos, se tiene que el Auto de Vista impugnado incurrió en contradicción
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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A efectos de lo previsto por el art
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Regístrese, hágase saber y cúmplase
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FDO
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Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
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