Auto Supremo AS/0976/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0976/2019-RRC

Fecha: 18-Oct-2019

Por Auto de 14 de enero de 2019, la presidenta de la Sala Penal Cuarta


Conforme se precisó en los antecedentes procesales vinculados al recurso, ante la emisión de la Sentencia condenatoria, el imputado conforme lo extractado en el acápite II.2 de este fallo, formuló recurso de apelación restringida en el que solicitó señalamiento de audiencia para la correspondiente fundamentación oral del recurso, previa sorteo, fue remitido los antecedentes a la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que por decreto de 20 de agosto de 2018, observó el recurso de apelación restringida, que fue subsanada por el apoderado de la acusadora particular, quien presentó memorial bajo el título responde observación sobre apelación restringida, en vista de dicho memorial, el Tribunal de alzada emitió el decreto de 28 de agosto de 2018, señalando: “Se tiene presente el memorial de subsanación que antecede y por secretario de cámara procédase al señalamiento de audiencia de apelación restringida y sea de acuerdo a su turno”, y en mérito a la solicitud de adelantar el sorteo de Vocal relator y dictar Auto de Vista correspondiente presentada por la imputada, la Sala Penal Cuarta por decreto de 9 de noviembre de 2018, señaló audiencia de apelación restringida para el 19 de noviembre de 2018 a horas 09:00, el que se llevó a cabo por los Vocales Elisa Lovera G.; e, Yván Noel Córdova Castillo, concluida la misma, dispuso se pasen obrados por turno y previo sorteo de vocal relator y se emita el fallo correspondiente.

Por Auto de 14 de enero de 2019, la presidenta de la Sala Penal Cuarta señala: que tomando en cuenta que desde el 14 al 18 de enero de 2019 el Dr. Yván Córdova hará uso de sus vacaciones, a efectos de resolver la apelación restringida convoca a la Dra. Silvia Portugal Vocal de la Sala Penal Primera, y previo sorteo de vocal relator, el 5 de febrero de 2019, se emitió el Auto de Vista impugnado firmado por las Dras. Elisa E. Lovera G. y Silvia M. Portugal Espinoza; en cuyo mérito, el recurrente solicitó explicación, complementación y enmienda respecto a que si la Vocal Silvia Portugal Espinoza había tomado conocimiento de la audiencia de fundamentación oral de su recurso de apelación, que fue resuelto por Auto de 19 de marzo de 2019 también firmada por las Vocales que firmaron el fallo impugnado, en el que señala que la Vocal Silvia Portugal según acta de audiencia que cursa en obrados, tomó conocimiento de la fundamentación realizada, al igual que de todos los antecedentes que fueron remitidos en alzada, además que la decisión asumida era unánime