Que los recurrentes no se pronunciaron sobre los fundamentos expuestos en el Auto de Vista
Que los recurrentes no se pronunciaron sobre los fundamentos expuestos en el Auto de Vista sobre la ilicitud de la causa o motivo ilícito en los contratos objetos de nulidad, no habiendo demostrado que existió actuación alguna que sea contraria al orden público y las buenas costumbres
- Partes: Marcelina Robles Cruz, Justina Robles Cruz, Justa Robles Vda
- CONSIDERANDO I
- 2
- 3
- CONSIDERANDO II
- b) Que el Tribunal de alzada elude la aplicación y cumplimiento de las reglas precisas
- Contestación al recurso de casación
- Que los recurrentes no se pronunciaron sobre los fundamentos expuestos en el Auto de Vista
- Que, en cuanto a la falta de forma, refiere que no demostraron que la vendedora
- CONSIDERANDO III
- En este entendido, citamos a Roque Fortunato Garrido y Jorge Alberto Zago, que de igual
- Asimismo el Auto Supremo Nº 153/2014 de 16 de abril, orientó que: “Al margen
- CONSIDERANDO IV
- Que el Juez de la causa declaró probada la demanda precisando que en el contrato
- Determinación que es modificada por el Tribunal de apelación quien refiere que para este tipo
- Teniendo claro los antecedentes del proceso, antes de ingresar al estudio del presente caso, es
- Partiendo del citado entendimiento en el caso presente la recurrente pretende la nulidad de los
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Se regula honorario profesional en la suma de Bs
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berríos Albizu.
