Auto Supremo AS/1080/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1080/2019

Fecha: 22-Oct-2019

Teniendo claro los antecedentes del proceso, antes de ingresar al estudio del presente caso, es

Teniendo claro los antecedentes del proceso, antes de ingresar al estudio del presente caso, es necesario sentar la base o premisa jurídica que va cimentar la presente decisión, el art. 584 del CC de manera textual señala: “La venta es un contrato por el cual el vendedor transfiere la propiedad de una cosa o transfiere otro derecho al comprador por un precio en dinero”, este Tribunal realizando un análisis e interpretación de este contrato típico asumió la postura en coherencia con la doctrina contemporánea de catalogarlo como consensual, lo cual implica que el perfeccionamiento de este acto jurídico se da con el consentimiento de ambas partes, en términos más sencillos se dice que se tiene contrato de compra y venta cuando las partes de mutuo acuerdo realizan dicho negocio jurídico, no requiriendo para su nacimiento más allá que el consentimiento de ambos, que si bien la normativa administrativa requiere alguna formalidad para su registro, entiéndase que esta no la transforma en solemne, sino que debe entenderse a esta como una constancia documental del consentimiento ya expresado por las partes, por lo que la solemnidad de transcribirla en una escritura pública es simplemente un requisito para su inscripción en el registro de Derechos Reales, lo que no significa que no surta efectos en cuanto a lo consensuado por las partes contratantes