En el recurso de casación en la forma y en relación al principio de congruencia,
De igual forma, a través del Auto Supremo Nº 254/2014 se ha orientado que: “La inobservancia de estas reglas conllevan incongruencia, que a decir de la doctrina se diferencian en: Incongruencia positiva, que es aquella en la que el juzgador extiende su decisión más allá de los límites del problema judicial que le fue sometido a su consideración; e Incongruencia negativa, cuando el juzgador omite el debido pronunciamiento sobre alguno de los términos del problema judicial. En ésta última, encontramos la denominada “citra petita”, que resulta de la omisión de alguna de las pretensiones deducidas en proceso…
Es de importancia considerar que el principio de congruencia procesal, si bien pondera el derecho al debido proceso, sin embargo “no es absoluto”, en la medida de la afectación de otros derechos, garantías y principios fundamentales que emergen en procura de brindar la tutela judicial efectiva a las partes…
En el recurso de casación en la forma y en relación al principio de congruencia, la trascendencia y la afectación del agravio debe gravitar indefectiblemente para suponer la nulidad de obrados, previendo siempre la garantía al debido proceso, a la defensa y a la justicia pronta, oportuna y sin dilaciones que sustenta el art. 115 de la Constitución Política del Estado
- García
- Tramitado así el proceso ordinario hasta la emisión de la Sentencia de 2 de febrero
- Declaró PROBADA la reconvención por usucapión decenal o extraordinaria del lote Nº 15 con una
- Expresó también que en ejecución de sentencia se conminará el desapoderamiento en cuanto a la
- Resolución de primera instancia que generó la apelación de la parte actora a fs
- Expresó que la anulación determinada por el Ad quen infringió el principio de celeridad, vulnerando
- 2
- Concluyó, solicitando al Tribunal Supremo casar el Auto de Vista Nº 185/2018 de 7 de
- De la respuesta al recurso de Casación
- Los demandantes, responden al recurso de casación de su oponente bajo los siguientes fundamentos, que
- Por otra parte expresó que desde el año 2002 al 2010 fecha del registro, solamente
- Dijo también que existe la incongruencia omisiva de la sentencia regulada en el art
- III.1. De la nulidad procesal en segunda instancia
- Sobre el tema el art
- II
- III.2. De la nulidad en segunda instancia por incongruencia en la sentencia
- Tomando como parámetro lo referido, ante la existencia de una resolución de primera instancia incongruente
- Lo expuesto tiene su sustento en la búsqueda del fin principal de la administración de
- III.3. Del Principio de congruencia y el art. 265.I del Código Procesal Civil
- En mérito al principio de congruencia, toda resolución debe reunir la coherencia procesal necesaria, que
- La Jurisprudencia Constitucional ha desarrollado asimismo el principio de congruencia en la Sentencia Constitucional Nº
- De lo expuesto se deduce que en segunda instancia, pueden darse casos de incongruencia “ultra
- En el recurso de casación en la forma y en relación al principio de congruencia,
- De donde se tiene que el Juez no puede simple y llanamente aplicar la nulidad,
- III.4. De la nulidad procesal, su trascendencia y relevancia constitucional
- Actualmente al tratar sobre las nulidades procesales debemos tener en cuenta que no se trata
- En este sentido, Eduardo J
- En efecto, en el?Estado Legislativo de Derecho, para la procedencia de las nulidades de actos
- En cambio?en el Estado Constitucional de Derecho, la procedencia de las nulidades de actos procesales,
- Bajo esta concepción,?las nulidades de los actos procesales?serán procedentes cuando se constate irregularidades, infracciones o
- En ese orden,?estos dos fenómenos, no pueden tener consideración separada por los jueces, en una
- “Lo contrario, significaría sujetar a la justicia constitucional a toda emergencia suscitada, tanto en procedimientos
- La parte recurrente, no obstante establecer que su recurso es de fondo; sin embargo entre
- En el caso de autos, y de la revisión de las apelaciones tanto de la
- De lo cual se infiere que el Tribunal de alzada vulneró el art
- En ese marco es potestad de los jueces tanto de primera como de segunda instancia,
- Al efecto debe puntualizarse que el Tribunal de segunda instancia conforme a sus facultades y
- Por las razones expuestas, y siendo la resolución impugnada, anulatoria, y no pudiendo por ello
- Por lo expuesto, corresponde emitir resolución conforme a lo establecido en el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Con responsabilidad por no ser excusable
- En aplicación del art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Magistrado Marco Ernesto Jaimes Molina.
