Auto Supremo AS/1101/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1101/2019

Fecha: 22-Oct-2019

En consecuencia, y como ya se señaló supra, al constituirse el Tribunal de apelación en

En consecuencia, y como ya se señaló supra, al constituirse el Tribunal de apelación en una instancia de conocimiento y no así de puro derecho como es el Tribunal de casación, se infiere que el mismo tiene la obligación y posibilidad de corregir todas aquellas omisiones en que hubiese incurrido el Juez de primera instancia y emitir un criterio de fondo sobre las mismas, las cuales obviamente de acuerdo al análisis de trascendencia que estas conlleven, dará lugar a que el Tribunal de alzada confirme la Sentencia de primera instancia o en su defecto revoque la misma”