Auto Supremo AS/1102/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1102/2019

Fecha: 22-Oct-2019

De la revisión de obrados tenemos, que el juez A quo dirigió el proceso de


De la revisión de obrados tenemos, que el juez A quo dirigió el proceso de forma desordenada y sin cumplir correctamente con la secuencia procesal descrita en el Código Procesal Civil, suspendiendo constantemente la audiencia preliminar fragmentando dicho acto en diferentes audiencias, sin perjuicio de ello, se observa que la parte demandante y su apoderado legal no asistieron por tercera vez consecutiva a la audiencia preliminar de 26 de marzo de 2019, declarando el juez mediante auto definitivo por desistida la demanda en atención al art. 365.III del Código Procesal Civil (dicha declaratoria debió verificarse en la audiencia de 08 de marzo de 2019), recurrido en apelación por la demandante según sale de fs. 300 a 301 vta., se verificó la audiencia complementaria de fecha 12 de abril de 2019 donde el juez A quo dispuso: “(…) tomando en cuenta que existe apelación en efecto suspensivo y dada que existen diferentes pretensiones, vale decir una demanda reconvencional, toda vez, que no se puede suspender la presente audiencia por interposición de una apelación en efecto suspensivo, tomando en cuenta que existe una parte reconvencionista, dese prosecución a la presente audiencia y una vez notificados con la Sentencia a emitirse se concedan en uno mismo todas las apelaciones dispuestas.”, cabe aclarar, que en esta audiencia se encontraba presente el abogado representante de la parte demandante, quien no realizó ninguna observación a lo determinado por la autoridad judicial