CONSIDERANDO II
CONSIDERANDO II:
DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
1. Acusó que el Tribunal de alzada violó los arts. 115.II de la Constitución Política del Estado y 213.II num. 4) en relación con los arts. 218.II num. 1) inc. b) y 265 del Código Procesal Civil, pues el Auto de Vista otorgó más de lo pedido, ya que la resolución apelada señala que el recurso de apelación no tiene fundamentación y contiene una escasa expresión de agravios, motivo por el cual no se tiene certeza en base a qué fundamentos el Tribunal de alzada revocó la sentencia y declaró improbada la demanda siendo una resolución incongruente.
2. Denunció que el Tribunal de alzada a momento de emitir el Auto de Vista señaló argumentos como para resolver un Auto de Vista confirmatorio, sin embargo, extrañamente dispuso de forma errada y contradictoria revocar la sentencia.
3. Sostuvo que existe falta de valoración razonable en la prueba, por parte del Tribunal de alzada, rebuscando una prueba en medio de su interés de resolver el caso de manera totalmente parcializada y extra petita recurriendo a la existencia de confusión en la lectura y comprensión del Ad quem con relación al recibo N° 000351 cursante a fs. 34, como si se tratara de la única prueba presentada por el recurrente, por lo que se demuestra que no se cumplió con la tarea de valoración de la prueba debiendo ser, de todo el universo probatorio producido en el proceso bajo el principio de unidad de la prueba
DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
1. Acusó que el Tribunal de alzada violó los arts. 115.II de la Constitución Política del Estado y 213.II num. 4) en relación con los arts. 218.II num. 1) inc. b) y 265 del Código Procesal Civil, pues el Auto de Vista otorgó más de lo pedido, ya que la resolución apelada señala que el recurso de apelación no tiene fundamentación y contiene una escasa expresión de agravios, motivo por el cual no se tiene certeza en base a qué fundamentos el Tribunal de alzada revocó la sentencia y declaró improbada la demanda siendo una resolución incongruente.
2. Denunció que el Tribunal de alzada a momento de emitir el Auto de Vista señaló argumentos como para resolver un Auto de Vista confirmatorio, sin embargo, extrañamente dispuso de forma errada y contradictoria revocar la sentencia.
3. Sostuvo que existe falta de valoración razonable en la prueba, por parte del Tribunal de alzada, rebuscando una prueba en medio de su interés de resolver el caso de manera totalmente parcializada y extra petita recurriendo a la existencia de confusión en la lectura y comprensión del Ad quem con relación al recibo N° 000351 cursante a fs. 34, como si se tratara de la única prueba presentada por el recurrente, por lo que se demuestra que no se cumplió con la tarea de valoración de la prueba debiendo ser, de todo el universo probatorio producido en el proceso bajo el principio de unidad de la prueba
- Expediente: CH-48-19-S
- CONSIDERANDO I
- 2
- 3
- CONSIDERANDO II
- De esta manera, solicitó la emisión de un Auto Supremo que anule el Auto de
- De la contestación al recurso de casación
- Señaló que el Tribunal de casación evidenciará que el obrar extra petita acusado por el
- Expresó que el recibo a fs
- Concluyó contestando de manera negativa al recurso de casación solicitando se declare infundado el mismo
- CONSIDERANDO III
- CONSIDERANDO IV
- Por lo manifestado, se concluye que los argumentos de casación no son suficientes para revertir
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
