Auto Supremo AS/1120/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1120/2019

Fecha: 22-Oct-2019

Con relación a este asunto, corresponde precisar que si bien reclama que el Ad quen

CONSIDERANDO IV:
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
En la forma.
1. Reclamaron que el Auto de Vista recurrido vulneró los arts. 115.II de la CPE, 213 num. 3; 145.I.II y 265.I del Código Procesal Civil, con relación al debido proceso y a la congruencia externa, porque no dio respuesta a uno de los puntos apelados con relación a que el juez no valoró toda la prueba y se permitió expresar que únicamente estimó las esenciales y decisivas sin individualizarlas ni indicar los hechos que confieren dichas pruebas o que hechos de esas fueron tomados en cuenta para la resolución del conflicto.
Con relación a este asunto, corresponde precisar que si bien reclama que el Ad quen no dio respuestas a todo lo apelado y aclara que el mismo sería respecto a que no valoró toda la prueba, tampoco indica con claridad a cuáles pruebas se refiere; sin embargo, todo lo referente a la no valoración, requiere un análisis de fondo por lo que será considerado en el recurso de fondo