Auto Supremo AS/0636/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0636/2019

Fecha: 14-Nov-2019

Por otra parte, en lo referente a que la prueba cursante de fs

Por otra parte, en lo referente a que la prueba cursante de fs. 244 a 248 de obrados demostraría el pago de los salarios de los meses diciembre 2008 y enero 2009, cabe señalar que la documentación que hace referencia el recurrente consistente en recibos no enervan la deuda por salarios devengados, puesto que estos recibos son parciales a cuenta que sumados todos no alcanzan al sueldo percibido por el actor, máxime si en alguno de ellos específicamente los de fs. 247 y 248 no señalan o especifican pago de qué mes sería, circunstancias que no permiten atender lo solicitado. Debe entenderse que por el Principio de Primacía de la Realidad, se dispone la prevalencia de la veracidad de los hechos a lo determinado por acuerdo de partes; a la relación laboral existente entre el demandante César Alejo Espinoza y la Empresa CONAM SRL., la que reúne las características esenciales señaladas en el art. 2 del DS 28699 de 1 de mayo de 2006, es decir, la existencia de relación de dependencia y subordinación del trabajador respecto al empleador; prestación de trabajo por cuenta ajena; y percepción de remuneración o salario, en cualquiera de sus formas y manifestaciones. Estas características, evidencian la existencia de una relación obrera patronal entre las partes procesales, de lo que se concluye que el Tribunal de Alzada valoró de manera correcta los antecedentes del proceso