En ese contexto, conforme la normativa desarrollada, de revisión del recurso se advierte que la
En ese contexto, conforme la normativa desarrollada, de revisión del recurso se advierte que la recurrente acusa la incorrecta interpretación del DS N° 809, sin identificar la ley o leyes violadas o aplicadas falsa o erróneamente, asimismo, no especifica en qué consistiría la incorrecta interpretación, del Auto de Vista recurrido, efectuando una simple enunciación de la norma que considera vulnerada, limitándose a una relación de hechos, sin relacionarlas con la infracción que estaba compelida a acusar; asimismo no imputa error de derecho o error de hecho en la apreciación de la prueba por parte del juzgador, evidenciado por documentos o actos auténticos que demuestren la equivocación manifiesta de la autoridad judicial recurrida, en suma, se constata que el recurrente no cumplió con la carga y las exigencias legales previstas por ley para la interposición del recurso
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