Auto Supremo AS/0663/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0663/2019

Fecha: 14-Nov-2019

Por último, es evidente que esa determinación contenida a fs

Por último, es evidente que esa determinación contenida a fs. 39 de obrados, fue impugnada mediante recurso de reposición con alternativa de apelación, ésta fue rechazada por el Juez a quo, mediante Auto de 24 de octubre de 2017 (fs. 50 a 51), se consideró el recurso alternativamente promovido, como “anunciado”, correspondiendo a la parte, solicitar de manera oportuna la complementación de dicha determinación, para que se conceda y en caso negativo interponer el recurso de compulsa previsto por los arts. 279 y siguientes del CPC-2013, con la permisión del art. 252 del CPT; empero, de manera extemporánea, el ahora recurrente interpuso recurso de apelación contra esa determinación a fs. 56 a 58 equivocando la vía y de manera., por lo que esta omisión, determinó en aplicación del principio de preclusión, previsto por los arts. 3 inc. e) y 57 del CPT, que esas objeciones e impugnaciones se encuentran ejecutoriadas, antes de la emisión de la Sentencia, por lo que no es evidente que se hubiese incurrido en violación del debido proceso, como erróneamente se alegó en el recurso