La entidad recurrente alega que el Auto de Vista N° 124/2018, no realizó una correcta
Casación en el fondo
La entidad recurrente alega que el Auto de Vista N° 124/2018, no realizó una correcta valoración de las pruebas cursantes en el proceso, señala que el salario promedio indemnizable del actor es de Bs.4.098.-, cuantificándose el reintegro de los beneficios sociales en la suma de Bs. 13.439.11.-, afirmando que en el monto indemnizable no se debió incluir el bono de té de Bs.450.- en aplicación de los arts. 19 de la LGT y 1ro. de la Ley de 9 de noviembre de 1940 y art. 11 del DS N° 1592 de 19 de abril de 1949
La entidad recurrente alega que el Auto de Vista N° 124/2018, no realizó una correcta valoración de las pruebas cursantes en el proceso, señala que el salario promedio indemnizable del actor es de Bs.4.098.-, cuantificándose el reintegro de los beneficios sociales en la suma de Bs. 13.439.11.-, afirmando que en el monto indemnizable no se debió incluir el bono de té de Bs.450.- en aplicación de los arts. 19 de la LGT y 1ro. de la Ley de 9 de noviembre de 1940 y art. 11 del DS N° 1592 de 19 de abril de 1949
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