Auto Supremo AS/0690/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0690/2019

Fecha: 14-Nov-2019

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2. Si las pruebas de fs. 59 a 62 vta. y 57 no fueron valoradas por el Tribunal ad quem y si demuestran que el demandante gozó de su vacación durante su relación laboral, y si viola lo dispuesto en el art. 33 del RLGT, al confirmar el pago de las vacaciones por 3 años, 2 meses y 10 días, toda vez que el referido artículo prohíbe la acumulación de la vacación