Auto Supremo AS/0761/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0761/2019

Fecha: 29-Nov-2019

Consiguientemente y en merito a lo expuesto, no siendo evidentes las infracciones acusadas en el

A manera de aclaración, de lo que la parte recurrente también alega, con relación al subsidio de frontera, que este derecho habría prescrito, extremo que no evidente, toda vez que de acuerdo al art. 48.IV de la CPE, los derechos y beneficios sociales son imprescriptibles, además que este aspecto no fue reclamado como agravio en el recurso de apelación de fs. 67 a 68, interpuesto por la parte demandante, activándose el principio de preclusión previsto en los arts. 3. e) y 57 de la LGT, motivo por el cual no se ingresa en mayores consideraciones sobre el tema.
Consiguientemente y en merito a lo expuesto, no siendo evidentes las infracciones acusadas en el recurso, corresponde resolver de acuerdo a lo establecido en el art 220. II del Código Procesal Civil, aplicable por mandato del art. 252 del Código Procesal del Trabajo