En el caso objeto de examen, la parte recurrente cuestiona el fallo del tribunal de
En el caso objeto de examen, la parte recurrente cuestiona el fallo del tribunal de segunda instancia, por haber confirmado la sentencia emitida por el juez a quo, en la que se reconoció y confirmó el pago de indemnización, desahucio, vacación, aguinaldo y subsidio frontera, los cuales según la institución demanda no le corresponden, toda vez que el demandante desempeñó sus funciones como prestador de servicios, sujeto a contrato a plazo fijo eventual en calidad de funcionario público municipal, provisorio y/o eventual, bajo los alcances de la Ley Nº 2027, Estatuto del Funcionario Público, por lo tanto, no se encontraría amparado por la Ley General del Trabajo, como erróneamente determinaron los juzgadores de instancia, motivo por el cual denunció como vulnerados, los arts. 108 y 119 de la CPE
- CONSIDERANDO I
- I.1.1 Sentencia
- Que, tramitado el proceso laboral, el Juez del Trabajo y Seguridad Social, de la ciudad
- I.1.2 Auto de Vista
- I.2 Motivos del recurso de casación
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo interpuesto por José Romero Saavedra,
- Adujo que en sentencia se determinó el pago de desahucio e indemnización, a favor del
- I.2.1 Petitorio
- Concluyó solicitando se dicte resolución casando o modificando el auto de vista recurrido
- II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
- En el caso objeto de examen, la parte recurrente cuestiona el fallo del tribunal de
- Con relación a la denuncia de violación del art
- Respecto a la indemnización y desahucio, el Decreto Supremo 0110 de 1 de mayo de
- Llegando a la conclusión que la relación laboral del demandante con la institución demandada fue
- En cuanto a la denuncia de que en el caso de autos no se
- Con relación al subsidio de frontera, derecho que la entidad demandada pretende desconocer por las
- En este entendido, al haberse evidenciado que el actor trabajó como funcionario dependiente del Gobierno
- Consiguientemente y en merito a lo expuesto, no siendo evidentes las infracciones acusadas en el
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Magistrado Relator: Carlos Alberto Eguëz Añez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
