Que, tramitado el proceso laboral, el Juez del Trabajo y Seguridad Social, de la ciudad
Que, tramitado el proceso laboral, el Juez del Trabajo y Seguridad Social, de la ciudad de Cobija-Pando, emitió la Sentencia Nº 289/018 de 13 de septiembre de 2018 de fs. 75 a 78 vta., declarando probada en parte la demanda de fs. 42 a 43 vta., sin costas, disponiendo que la institución demandada cancele a favor del actor, la suma de Bs. 38.136 por concepto de indemnización, desahucio, vacación, aguinaldo, subsidio frontero
- CONSIDERANDO I
- I.1.1 Sentencia
- Que, tramitado el proceso laboral, el Juez del Trabajo y Seguridad Social, de la ciudad
- I.1.2 Auto de Vista
- I.2 Motivos del recurso de casación
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo interpuesto por José Romero Saavedra,
- Adujo que en sentencia se determinó el pago de desahucio e indemnización, a favor del
- I.2.1 Petitorio
- Concluyó solicitando se dicte resolución casando o modificando el auto de vista recurrido
- II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
- En el caso objeto de examen, la parte recurrente cuestiona el fallo del tribunal de
- Con relación a la denuncia de violación del art
- Respecto a la indemnización y desahucio, el Decreto Supremo 0110 de 1 de mayo de
- Llegando a la conclusión que la relación laboral del demandante con la institución demandada fue
- En cuanto a la denuncia de que en el caso de autos no se
- Con relación al subsidio de frontera, derecho que la entidad demandada pretende desconocer por las
- En este entendido, al haberse evidenciado que el actor trabajó como funcionario dependiente del Gobierno
- Consiguientemente y en merito a lo expuesto, no siendo evidentes las infracciones acusadas en el
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Magistrado Relator: Carlos Alberto Eguëz Añez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
