De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Por Sentencia 57/2018 de 4 de diciembre (fs. 311 a 314), el Juez de Sentencia Quinto del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a Fernando Vaca Campos, autor y culpable de la comisión del delito de Suministro de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 51 de la Ley 1008, imponiendo la pena de ocho años de reclusión, más el pago de daños y perjuicios al Estado y la suma de mil días multa a cero cincuenta centavos, haciendo un total de Bs. 500.
Contra la mencionada Sentencia, el imputado Fernando Vaca Campos, formula recurso de apelación restringida (fs. 317 a 333 vta.), que fue resuelto por Auto de Vista 8/2019 de 27 de mayo, dictado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que declaró admisible e improcedente el recurso planteado, confirmando en consecuencia la sentencia impugnada.
Por diligencia de 13 de agosto de 2019 (fs. 363), fue notificado el recurrente con el referido Auto de Vista; y, el 16 del mismo mes y año, interpuso el recurso de casación, que es objeto del presente análisis de admisibilidad
- Por memorial presentado el 16 de agosto de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes agravios
- Respecto de los vicios de la sentencia que fueron confirmados por el Auto de Vista,
- Al respecto invoca los precedentes contradictorios consistentes en los Autos Supremos 704/2015-RRC-L de 30 de
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- Con relación al primer motivo, en el que señala que el Auto de Vista omitió
- En el segundo motivo, hace referencia a la existencia de defectos de la sentencia que
- Al respecto invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 088/2015-RRC de 6 de febrero, 704/2015-RRC-L
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- FDO
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
