Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes agravios
II. SOBRE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes agravios:
El Auto de Vista omitió pronunciarse sobre los puntos apelados en lo referente a los incidentes interpuestos por el imputado en el juicio oral (previsto en el punto II de su recurso de apelación restringida; asimismo, señala que el rechazo de sus exclusiones probatorias fueron sin la debida fundamentación, análisis, ni valoración; refiriendo, que solicito “Errónea apreciación e interpretación de la norma procesal penal en la sentencia por interpretar que las exclusiones probatorias debieron ser planteadas dentro de la etapa preparatoria conforme lo establecido en el art. 314 del CPP, modificado por la Ley 586”, agravada en Auto de Vista al no dar respuesta alguna ni valorar este punto apelado. Al respecto, hace una remisión al contenido del art. 314 del CPP modificado por la Ley 586 y la invocación de la Sentencia Constitucional 0513/2017-S2 de 22 de mayo referida al plazo de la interposición de las excepciones e incidentes, de lo que señalaría que los incidentes no están sujetos a ningún plazo para su interposición; empero, el Tribunal de alzada hubiera omitido pronunciarse respecto de los puntos apelados inherentes a los incidentes, violentando su obligación de una adecuada y suficiente motivación y fundamentación del Auto del Vista, incurriendo en contradicción de la línea jurisprudencial prevista en el Auto Supremo 705/2015-RRC-L de 30 de septiembre y la Sentencia Constitucional 1414/2013, haciendo procedente el recurso de casación planteado al no darse una respuesta a un motivo planteado. Con relación a la misma temática hace referencia a los argumentos sobre la errónea interpretación de la naturaleza y oportunidad de las exclusiones probatorias refiriendo al respecto el Auto Supremo 704/2015-RRC-L de 30 de septiembre; para en definitiva señalar que el Auto de Vista no se pronunció sobre su denuncia de que el Tribunal de Sentencia rechazó su incidente de exclusión probatoria
- Por memorial presentado el 16 de agosto de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes agravios
- Respecto de los vicios de la sentencia que fueron confirmados por el Auto de Vista,
- Al respecto invoca los precedentes contradictorios consistentes en los Autos Supremos 704/2015-RRC-L de 30 de
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- Con relación al primer motivo, en el que señala que el Auto de Vista omitió
- En el segundo motivo, hace referencia a la existencia de defectos de la sentencia que
- Al respecto invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 088/2015-RRC de 6 de febrero, 704/2015-RRC-L
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- FDO
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
