Auto Supremo AS/1215/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1215/2019

Fecha: 26-Nov-2019

De la revisión del recurso de casación de fs

CONSIDERANDO II:
DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN

De la revisión del recurso de casación de fs. 339 a 346 vta., interpuesto Diego Hernando Sanabria Salmón, se desprende que el recurrente expone como reclamos entre otros, los siguientes:
a)Señaló que la parte demandada no solicitó en su reconvención la cancelación de partida en la oficina de Derechos Reales siendo extremadamente inconcebible y aberrante la fundamentación del Auto de Vista. En este sentido los vocales recurridos extralimitándose en el proceso desde su inicio han recaído en la nulidad adecuándose este acto a lo establecido en el art. 218.II núm. 3) del Código Procesal Civil por haberse quebrantado el mismo artículo en su parágrafo III que dice: Si se hubiere otorgado en la sentencia más o menos de lo pedido y hubiere sido reclamado en grado de apelación, el Tribunal de alzada deberá fallar en el fondo.

b)Acusó incongruencia del Auto de Vista al haber obrado ultra, extra y citra petita, teniendo el juez o Tribunal de alzada la obligación de fundamentar el Auto de Vista cumpliendo los requisitos del art. 265.I, II y III del Código Procesal Civil, debido a que el reconvencionista no pide inscribir anular o cancelar la matrícula madre de Diego Hernando Sanabria Salomón.
Contestación al recurso de casación