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Sobre la nulidad de la sentencia por pérdida de competencia, refiere que en aplicación de la Ley Nº 1455 se convocó a las partes a una audiencia de conciliación, en la que la recurrente presentó memorial de rechazo a la misma, con lo que se convalidó todos estos actos y cita jurisprudencia contenida en la Sentencia Constitucional Nº 1753/2013 de 21 de octubre.
3. Notificada la parte recurrente con la determinación de segunda instancia, interpuso recurso de casación en la forma mediante escrito cursante de fs. 245 a 246, el cual originó la emisión del Auto Supremo N° 94/2018 que declaró infundado el recurso interpuesto; sin embargo, Juliana del Castillo Eldara opuso acción de amparo constitucional contra dicha determinación, que meritó la emisión de la SCP Nº 0105/2019 – S3 que concedió tutela dejando sin efecto el Auto Supremo N° 94/2018, por lo que cumpliendo lo ordenado se debe emitir nueva resolución para otorgar repuesta al recurso de casación
3. Notificada la parte recurrente con la determinación de segunda instancia, interpuso recurso de casación en la forma mediante escrito cursante de fs. 245 a 246, el cual originó la emisión del Auto Supremo N° 94/2018 que declaró infundado el recurso interpuesto; sin embargo, Juliana del Castillo Eldara opuso acción de amparo constitucional contra dicha determinación, que meritó la emisión de la SCP Nº 0105/2019 – S3 que concedió tutela dejando sin efecto el Auto Supremo N° 94/2018, por lo que cumpliendo lo ordenado se debe emitir nueva resolución para otorgar repuesta al recurso de casación
- Expediente: PT-2-17-S
- Proceso: Reconocimiento de mejor derecho propietario
- Distrito: Potosí
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Con relación a la incorrecta valoración de la prueba testifical de descargo sostuvo que las
- Acerca de la incorrecta valoración de la prueba de inspección judicial; señaló que la recurrente
- En lo pertinente a la valoración ilegal e incorrecta de la prueba documental de cargo,
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- 1. Del recurso de la parte demandada
- Por lo que solicita se anule obrados conforme al art
- 2. De la respuesta al recurso de casación
- Por lo expuesto solicita que el recurso se declare improcedente
- Lo cual, en la problemática planteada y de acuerdo a los Fundamentos Jurídicos III
- Entonces, la tarea de hacer cumplir y ejecutar los fallos emanados de este Tribunal, le
- Por lo que, ante el razonamiento impreso, resultaría insustancial exponer diferente análisis competencial o adicionar
- Por lo manifestado corresponde emitir resolución en la forma prevista por el art
- Sin responsabilidad por considerarse error excusable
- En cumplimiento del art
- Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
