Auto Supremo AS/1231/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1231/2019

Fecha: 27-Nov-2019

Con base en ello y en relación a sus reclamos, corresponde precisar que todas las

Con base en ello y en relación a sus reclamos, corresponde precisar que todas las pruebas fueron detalladas y consideradas en el acápite a) del Auto de Vista cursante de fs. 490 a 493 vta., así expresó lo siguiente: “…en el caso presente versa su pretensión en base al documento que se pretende la nulidad (Testimonio de la Escritura Pública Nro 291/2003, de 13 de junio de 2003) señalando que se hubiere formado con fraude y engaño, asimismo, respalda la simulación absoluta con prueba de confesión espontánea asumida por el codemandado (Carlos Johny Velarde Tapia), ha momento de respaldar la demanda a momento de responder la demanda como la confesión provocada absuelta por el citado codemandado como de su hermano Walter Ernesto Velarde Tapia, además de citar testigos que fueron producidos en el proceso, resaltando asimismo la prueba pericial que acredita el valor del inmueble que tendría un valor diferente al transferido y finalmente la inspección judicial, practicada en la oficina de la Notaria donde se extendió el testimonio de la escritura Pública. Sin embargo, se advierte que no existe contradocumento que demuestre la supuesta simulación absoluta, en la cual se hubiere incurrido, consiguientemente se concluye que no se ha acreditado con prueba respaldatoria idónea la pretensión del actor”