3.- Tercer: Incongruencia y falta de motivación
El Tribunal de alzada y el Juez A quo, no valoraron las pruebas de fs. 72 (finiquito); de fs. 34 a 152 (Estudio grafotécnico); de fs. 15 a 18 (Certificado del Banco BCP); pruebas que determinan la voluntad de las partes, que se cumplió con el pago de los beneficios sociales del actor. Al demostrar con el certificado del banco BCP de fs. 15 a 18, que el cheque fue emitido por la Distribuidora Boliviana de Insumos SRL, en favor de René Oscar Mariscal Villca; y endosado por este último, por voluntad propia hacia una tercera persona, que lo único que tuvo como yerro, fue cobrar el cheque en favor del demandante; situación que no puede interpretarse como coacción de los demandados hacia el demandante.
3.- Tercer: Incongruencia y falta de motivación
3.- Tercer: Incongruencia y falta de motivación
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- En grado de Apelación, promovido por Empresa recurrente, la Sala en Materia del Trabajo y
- Por memorial de fs
- El Tribunal de Alzada y el Juez A quo, valoraron las pruebas “(…) de fs
- Asimismo, al determinar el Juez A quo y el Ad quem, que la desvinculación obedeció
- 2.- Segundo: Falta de valoración de las pruebas
- 3.- Tercer: Incongruencia y falta de motivación
- Expuestos así los argumentos del recurso de casación, es necesario realizar las siguientes consideraciones
- En ese entendido, corresponde al recurso de casación fundamentar sus argumentos a efectos de invalidar
- De ese modo, el motivo del reclamo del recurso de casación en el fondo no tiene
- Esta inobservancia, de ningún modo puede suplirse por este Tribunal, sin que esta decisión implique
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Se regula el honorario profesional del abogado en Bs
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
