Debiendo observar que la normativa procesal referida, reviste carácter de orden público y de cumplimiento
Es así, que el proceso laboral se encuentra diseñado para desenvolverse en distintas y correlativas etapas, sometidas al principio de preclusión, de modo tal que, a la conclusión de cada una de ellas, sobreviene la apertura de la siguiente, sin posibilidades de retrotraerse el trámite a la anterior etapa ya clausurada. De tal manera, las pruebas deben ser presentadas dentro del período de prueba, conforme al artículo 149 en relación al artículo 151, ambos del CPT.
Debiendo observar que la normativa procesal referida, reviste carácter de orden público y de cumplimiento obligatorio, por cuanto se orienta a evitar la arbitrariedad y el fraude procesal; de otro modo, carecerían de sentido, reduciéndose a simples declaraciones sin eficacia ni utilidad procesal
Debiendo observar que la normativa procesal referida, reviste carácter de orden público y de cumplimiento obligatorio, por cuanto se orienta a evitar la arbitrariedad y el fraude procesal; de otro modo, carecerían de sentido, reduciéndose a simples declaraciones sin eficacia ni utilidad procesal
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- En grado de apelación, promovido por el demandado, conforme se advierte a fs
- 1.- En la forma
- 2.- En el fondo
- Doctrina aplicable al caso
- Al respecto, Eduardo Couture en su libro Fundamentos del Derecho Procesal Civil, refiere que el
- Todo proceso judicial que se tramita debe mantener coherencia y consecuencia lógica entre los actos
- Es así que, en base al entendimiento de la necesaria sucesión de las actuaciones procedimentales,
- 1. En cuanto al recurso de casación en la forma
- En función a ello, de la revisión del Auto de Vista que motivó el recurso,
- Asimismo, el Tribunal de Alzada complementó dicha fundamentación normativa, con lo determinado por el artículo
- A ello, se tiene que el Auto de Vista ahora recurrido, señaló que el tiempo
- Conforme a lo referido, en la especie se advierte que el Tribunal de Alzada, sustentó
- 2. En cuanto al recurso de casación en el fondo
- Ante ello, corresponde precisar que los motivos por los cuales, el Tribunal de apelación, excusó
- Debiendo observar que la normativa procesal referida, reviste carácter de orden público y de cumplimiento
- En el caso específico, la consideración por parte del Tribunal de apelación de las documentales
- Asimismo corresponde señalar que, con la finalidad de garantizar el debido proceso, se tiene previsto
- Consiguientemente, éste Tribunal considera que, el Tribunal de Apelación al haber confirmado la Sentencia con
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- No se regulan honorarios del abogado, por no haberse respondido el recurso
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.-
