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    Auto Supremo AS/0045-A/2019-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0045-A/2019-RA

    Fecha: 06-Feb-2019

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 30 de octubre de 2017, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • Contra la referida Sentencia, el imputado Jorge Arteaga Maldonado (fs
    • Por diligencia de 23 de octubre de 2017 (fs
    • De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
    • Asevera que en la apelación de la acusadora particular se reclama que el Tribunal de
    • Denuncia que el Auto de Vista impugnado a tiempo de corregir el error de derecho,
    • El art
    • En este contexto, el art
    • i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
    • ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
    • iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
    • Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
    • En el motivo primero, el recurrente alega que el Tribunal de alzada vulneró su derecho
    • Al respecto, esta Sala Penal constata que el recurrente no invocó precedentes contradictorios, en consecuencia
    • Ahora bien, se evidencia que el recurrente reclama que se le vulneró su derecho a
    • Por otro lado, como un tercer motivo, el recurrente reclama que el Tribunal de alzada
    • En relación a aquello, este Tribunal Supremo evidencia que el recurrente no cumplió con los
    • una posible situación de flexibilización
    • Finalmente, en el motivo cuarto, se denuncia que el Auto de Vista impugnado a tiempo
    • En cuanto al presente motivo, se evidencia que el recurrente invoca a los Autos Supremos
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase.

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