Por memorial presentado el 12 de noviembre de 2018, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 057/2019-RA
Sucre, 06 de febrero de 2019
Expediente: Oruro 44/2018
Parte Acusadora : Ministerio Público
Parte Imputada : Rolando Gabriel Condori
Delito : Violación
RESULTANDO
Por memorial presentado el 12 de noviembre de 2018, cursante de fs. 192 a 201, Rolando Gabriel Condori, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 52/2018 de 18 de septiembre, de fs. 141 a 151 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Violación, previsto y sancionado por el art. 308 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 057/2019-RA
Sucre, 06 de febrero de 2019
Expediente: Oruro 44/2018
Parte Acusadora : Ministerio Público
Parte Imputada : Rolando Gabriel Condori
Delito : Violación
RESULTANDO
Por memorial presentado el 12 de noviembre de 2018, cursante de fs. 192 a 201, Rolando Gabriel Condori, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 52/2018 de 18 de septiembre, de fs. 141 a 151 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Violación, previsto y sancionado por el art. 308 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 12 de noviembre de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes agravios
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de Autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- Con relación a la temática planteada invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 111/2014 de
- Respecto del segundo motivo, en el que hace referencia a que en su recurso de
- Con relación al tercer motivo, en el que se refiere que en su recurso de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- FDO
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque
